Unidad teórica 8. Emergencias en la mar
Qué entra en la unidad 8 del temario del PER, qué norma rige hoy el material de seguridad y de dónde salen realmente el MAYDAY, el PAN PAN y el SÉCURITÉ.
Última actualización: 18 de agosto de 2026
La unidad teórica 8 del temario del PER se llama «Emergencias en la mar». Es la denominación oficial, la del anexo II del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, «Realización y temario de las pruebas teóricas», apartado 3, el del Patrón de Embarcaciones de Recreo. Las once unidades que publicamos coinciden con ese anexo en número, orden y numeración.
El Real Decreto está modificado seis veces y su texto consolidado se actualizó a 30 de diciembre de 2025. En esta unidad eso no es un detalle: una de esas modificaciones cambió precisamente la norma del material de seguridad, como se ve más abajo.
Qué entra en la unidad 8
El anexo acota «Emergencias en la mar» a los siguientes epígrafes. Es la frontera exacta de lo que puede preguntarse, y conviene comprobarla antes de abrir cualquier manual:
- Accidentes personales
- Varada
- Abordaje
- Vías de agua e incendio
- Prevención de accidentes
- Abandono de la embarcación
Es la unidad que responde cuando el problema ya se ha producido. La unidad 3 previene y equipa; la 8 actúa. Se estudian mejor juntas, y el examen a veces cruza ambas en una misma pregunta.
El hombre al agua
El hombre al agua es el procedimiento de emergencia por excelencia del PER: entra en el temario y se ejecuta en las prácticas. Y es exactamente el tipo de contenido que este sitio no va a resumir en tres líneas.
No es una postura decorativa. Un procedimiento de emergencia comprimido en una frase pegadiza se recuerda mal y se aplica peor, y aquí el error no cuesta una pregunta: cuesta una persona. La maniobra completa —con sus variantes según el tipo de embarcación, la propulsión, el estado de la mar y la gente disponible a bordo— se aprende con un instructor al lado y con el barco en movimiento, no leyendo una web.
Lo que sí te corresponde traer de casa es el marco: saber que el procedimiento existe, que tiene un orden, que la primera acción es no perder de vista a la persona en el agua y que la ayuda exterior se pide por radio con el procedimiento que se explica en el apartado siguiente. El resto lo pone la formación práctica.
Socorro, urgencia y seguridad: de dónde salen
Aquí hay una precisión que casi ningún sitio hace y que conviene entender bien, porque afecta a lo que puede caer en tu examen. Las tres llamadas —MAYDAY, PAN PAN y SÉCURITÉ— y el canal 16 (156,800 MHz) no salen del temario del PER: el anexo II no tiene una unidad de radiocomunicaciones. Salen del Real Decreto 1185/2006 y de la documentación de la Dirección General de la Marina Mercante, y en el itinerario del PER se estudian en el curso de radiooperador de corto alcance, no en la unidad 8.
| Llamada | Categoría | Canal |
|---|---|---|
| MAYDAY | Socorro | 16 (156,800 MHz) |
| PAN PAN | Urgencia | 16 (156,800 MHz) |
| SÉCURITÉ | Seguridad | 16 (156,800 MHz) |
La distinción entre las tres categorías es jerárquica y no es un formalismo: define la prioridad con la que el mensaje se atiende. Emitir una llamada de socorro cuando corresponde una de urgencia, o al revés, degrada un sistema que funciona porque todo el mundo respeta esas etiquetas.
El procedimiento completo de emisión, con su formato y su contenido, es materia del curso de radiooperador de corto alcance, que es requisito obligatorio del PER por el artículo 18 del Real Decreto y no se repite después para otros títulos.
El material de seguridad y una cita fósil del temario
Este es el hallazgo más incómodo de todo el temario, y afecta de lleno a quien estudie seguridad y emergencias por el listado del programa.
La norma vigente es el Real Decreto 339/2021: es la que fija hoy el material de seguridad exigible según la zona de navegación, con las zonas 1 a 7. Esa es la referencia buena para saber qué tiene que llevar a bordo tu embarcación.
El detalle del equipamiento por zona corresponde a la unidad 3. Lo que importa retener aquí es el orden de prelación: cuando el temario y la norma vigente discrepan, manda la norma vigente, y la convocatoria de tu administración es la que concreta el resto.
Un apunte relacionado, porque genera dudas y gasto innecesario: para el PER no hay un curso separado de contraincendios. La formación STCW A-VI/1 se exige para las habilitaciones anejas, no para el título.
Qué prácticas cubren esta unidad
Buena parte de lo que se estudia en la unidad 8 se ejecuta en las prácticas obligatorias del título, que son dos bloques:
| Bloque | Horas | Marca |
|---|---|---|
| Seguridad y navegación | 16 | Concordante entre fuentes |
| Radiooperador de corto alcance | 12 (4 + 8 en simulador) | Concordante entre fuentes |
| Total obligatorio | 28 | Suma de los anteriores |
Las horas van marcadas como concordantes entre fuentes y no como texto del BOE: los anexos del Real Decreto no se han podido leer directamente en el texto consolidado, que se trunca antes de llegar a ellos, de modo que el dato se ha contrastado con la Administración pero no leído en su fuente última. Preferimos decirlo.
Sobre el orden, el Real Decreto no impone hacer las prácticas antes o después del examen. Sí impone un plazo: 24 meses desde la superación del examen para solicitar la expedición del título, según el artículo 23.3. El detalle está en las prácticas obligatorias.
Cómo prepararla
Seis epígrafes de contenido con lógica interna: casi todas las respuestas correctas son las que priorizan la vida humana antes que la embarcación. Ese criterio ordena la unidad, pero no sustituye a conocer cada procedimiento.
Al no tener tope propio de errores, la 8 admite un enfoque más eficiente que las tres unidades de riesgo. Con una salvedad importante: el examen la trata como una unidad más, la mar no. Es de las pocas unidades del temario cuyo contenido vas a usar el día que algo salga mal.
Y conviene practicar preguntas antes de darla por dominada. Con 45 preguntas en 1 hora y 30 minutos —dos minutos por pregunta— lo que se entrena no es solo saber, es decidir con rapidez.
Practica lo que acabas de leer.
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Preguntas frecuentes
¿Qué entra en la unidad 8 del PER?
El anexo II acota «Emergencias en la mar» a: Accidentes personales; Varada; Abordaje; Vías de agua e incendio; Prevención de accidentes; Abandono de la embarcación.
¿La unidad 8 es eliminatoria?
No. No tiene tope propio de errores: sus preguntas suman aciertos para el mínimo de 32 sobre 45, pero fallarlas no suspende por sí solo.
¿El MAYDAY y el canal 16 entran en el temario del PER?
No proceden del anexo II, que no tiene unidad de radiocomunicaciones. Las llamadas de socorro, urgencia y seguridad —MAYDAY, PAN PAN y SÉCURITÉ— y el canal 16 (156,800 MHz) proceden del Real Decreto 1185/2006 y de la Dirección General de la Marina Mercante, y se estudian en el curso de radiooperador.
¿Qué norma fija hoy el material de seguridad de la embarcación?
El Real Decreto 339/2021, con las zonas de navegación 1 a 7. La Orden FOM/1144/2003, que el propio anexo II sigue citando en su epígrafe 4.4, está derogada desde el 1 de julio de 2021.
¿Hay que hacer un curso de contraincendios para el PER?
No. Para el PER no existe un curso separado de contraincendios; la formación STCW A-VI/1 se exige para las habilitaciones anejas.
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Fuentes oficiales
- Anexo II del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, apartado 3, «Patrón de Embarcaciones de Recreo»
- Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre (BOE núm. 247, de 11 de octubre de 2014), texto consolidado actualizado a 30 de diciembre de 2025
- Real Decreto 339/2021, que deroga la Orden FOM/1144/2003 con efectos de 1 de julio de 2021
- Real Decreto 1185/2006 y documentación de la Dirección General de la Marina Mercante, para las llamadas de socorro, urgencia y seguridad
Verificables en el «Boletín Oficial del Estado» y en las convocatorias de examen que publica la administración competente, que puede ser la Dirección General de la Marina Mercante o la comunidad autónoma correspondiente.
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